¿La solicitud inicial de tu permiso de residencia o renovación de tarjeta ha sido denegada? Entonces no te preocupes. ¡Tiene solución y es más fácil de lo que crees! En el presente artículo te explicamos al detalle de qué forma ejecutarla. Analizaremos todo lo que debes saber sobre los recursos en materia de extranjería para apelar a resoluciones de la administración, con los que podrás conseguir tu tarjeta tras una denegación. Vamos a ver los distintos tipos (recursos de alzada y de reposición), requisitos, plazos y de qué manera marchan exactamente.
Un recurso es una notificación a la oficina de extranjería por la que anunciamos que no estamos conformes con la decisión tomada con relación a nuestro expediente, y solicitamos de manera explícita que se vuelva a estudiar detenidamente.
Se trata de un escrito de carácter formal en el que comunicamos el disconformodidad con la denegación de nuestra solicitud de vivienda o renovación y pedimos una revisión en base a un motivo viable y contemplado por la ley.
De forma más técnica, el recurso permite al ciudadano extranjero recurrir las resoluciones de la administración pública, sea cuál sea su situación legal.
Es decir, supón que has presentado tu petición para lograr tu arraigo social, tarjeta comunitaria, reagrupación familiar o la renovación de tu vivienda de larga duración. Después de preparar toda la documentación, invertir tiempo y dinero y aguardar a lo largo de tres meses… y ves una respuesta desfavorable: no te conceden la tarjeta.
Será en esos casos en los que debas presentar un recurso, puesto que este te dejará “discutir” la resolución y conseguir una solicitud favorable finalmente.
En ese sentido, ¿a qué órganos o instituciones puedes recurrir?
A decisiones o bien resoluciones tomadas por parte de la oficina de extranjería, delegaciones o subdelegaciones del gobierno, y por los diferentes consulados españoles repartidos por todo el planeta.
En materia de extranjería encontramos dos géneros de recursos diferentes que nos dejarán apelar la decisión de una petición rechazada:
No obstante, debemos tomar en consideración que ambos son recursos administrativos; es decir, es el poder Ejecutivo quién decide (la Administración Pública).
Pero hay más.
solicitar cita nie de alzada, y éste ha sido desestimado. En ese caso habremos agotado la vía administrativa, y vamos a poder pasar a la vía judicial en lo que es conocido como un recurso contencioso-amdministrativo. El plazo aquí es superior, en tanto que puede tardar hasta tres meses, y será el Poder Judicial quien decide (Juzgados o bien Tribunales).
Es esencial mentar que no podemos acceder a la vía contenciosa (si estamos en desacuerdo con la decisión del órgano ejecutivo) hasta el momento en que no hayamos pasado antes por la vía administrativa. Esto es, no puedes saltar directamente a hacer un recurso contencioso sin haber hecho ya antes uno administrativo.
Si te han denegado la petición inicial o bien renovación, nuestra recomendación es iniciar un recurso SIEMPRE.
Y esto tiene una serie de motivos o bien ventajas que hacen que el recurso solo pueda beneficiarte:
Como ya hemos comentado, se trata de un escrito de carácter formal que deberás preparar y dar.
Tienes 1 mes para presentar el recurso ante el órgano que emitió la denegación (o ante el superior jerárquicamente) desde el día después al que recibiste la notificación denegatoria.
Y aquí encontramos una consideración importante, pues no debemos confundir con el plazo en el que se dicte sentencia.
Es decir, si la petición de tu tarjeta o renovación se califica como denegada el día 30 de enero, pero no recibes la notificación pertinente hasta el quince de febrero, el plazo de un mes no empieza a contar hasta el dieciseis de febrero. Y acabaría el dieciseis de marzo, pues no se cuenta en días, sino en mes entero.
Por otro lado, y para proseguir con el proceso legal, si bien mandes tu recurso a la oficina de extranjería, va a ser el órgano superior quien lo resuelva: un juez.
Este juez emitirá sentencia y la mandará a la oficina de extranjería. Una vez lo analicen, y si sale conveniente, te harán llegar una carta con la estimación favorable. Y eso es equiparable a cuando obtienes un permiso por primera vez: vas a deber pedir vez para las huellas y recoger tu tarjeta.
Es fundamental que entiendas que no hay una fórmula mágica o bien plantilla que sea válida para elaborar todos y cada uno de los recursos. Cada caso es particular y completamente diferente, y crear un recurso personalizado y basándonos en las necesidades del caso en cuestión será la única manera de que tenga éxito.
No obstante, te dejamos el listado de elementos comunes que cualquier recurso debe incluir:
Como conclusión, si bien es cierto que lo podrías crear y presentar tu mismo el recurso incluyendo estos elementos, no es una cosa que te aconsejemos. Puesto que, nuevamente, redactar uno requiere conocimiento sobre la ley.
Es decir, si realmente deseas que sea efectivo deberá estar preparado por un letrado tras estudiar el caso al detalle. ¿Por qué? Para advertir algún fallo en la resolución, minimizando de este modo las posibilidades de una segunda denegación.
Así, simplemente tienes que mandarnos un correo electrónico a y nuestro te va a ayudar a confeccionar el tuyo y a conseguir que admitan finalmente tu petición de vivienda.
El tiempo máximo que la administración tiene para dar contestación es de 3 meses, tanto para el recurso de alzada para el de reposición.
No obstante, conforme en la comunidad autónoma en la que te halles es probable que tarde menos de noventa días. Puesto que la tardanza depende en buena medida del número de solicitudes a revisar, y en aquellas regiones en las que hay menos extranjeros los trámites van considerablemente más rápido.
Ten en cuenta que si pasado ese plazo de 1 mes no has recibido contestación, el recurso se entenderá como desestimado por silencio administrativo negativo.
¿Qué puedes hacer entonces? En ese caso ya se te abre la vía contencioso-administrativa, con lo que vas a poder apelar a la resolución de la administración pública frente a un tribunal o bien juzgado.
No. Si has interpuesto un recurso administrativo no puedes salir de España. Pues tendrías serios problemas al retornar e intentar regresar a entrar al país.
Es decir, no es exactamente lo mismo que cuando hay una renovación en trámite, momento en el que se puede . Esta autorización de regreso acredita que nuestra tarjeta esta siendo renovada, y actúa como comprobante, sustituyendo a la propia tarjeta.
No obstante, si comenzamos un recurso es porqué nuestra renovación o petición inicial han sido rechazadas, por lo que no es equivalente a estar en trámite. De ahí que que no podremos solicitar una autorización de regreso y entrar de manera libre de vuelta.
Nuestra recomendación es que te quedes en España durante el mes que tarde la resolución del recurso.
Sin duda se trata de un momento crítico. Te terminan de rechazar la petición de vivienda, y el recurso es tu última opción alternativa. Si lo rechazan también, vas a deber salir de España obligatoriamente y pierdes la posibilidad de radicar en el país.
Por lo que asegurarte de que el recurso es favorable es esencial.
¿Cuál es la clave del éxito en ese sentido?
Pues bien, existe una estrategia infalible y a la que deberías acudir sin sitio a dudas: eludir tener que recurrir.
La clave de un recurso conveniente es evitar que te rechacen tu solicitud de renovación o bien de tarjeta inicial. De esta forma de sencillo.
Para ello debes tener muy en consideración cuáles son los requisitos específicos para tu trámite. Si te aseguras de cumplir , es casi imposible que rechacen tu solicitud, por lo que nunca tendrás que llegar al punto de necesitar recurrir.
Así, nuestro consejo es que hables con una letrado antes que nada.
Infórmate de forma exhaustiva qué se precisa para pedir tu permiso de vivienda o bien renovarlo, y deja que se encarguen de todo.
Tener que recurrir es una situación nada ideal, pero con un tanto de planificación anterior la podrás eludir.
En ese sentido, nuestro equipo de abogados está a tu disposición para asistirte con tu trámite: